La RFEF advierte a Barça y Athletic por las demoras en el Spotify Camp Nou

El Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) emitió este miércoles una advertencia formal a FC Barcelona y Athletic Club por los retrasos registrados el pasado sábado en el Spotify Camp Nou. El acta arbitral refleja que ambos equipos incumplieron el horario previsto en diferentes momentos del partido.

Cómo se produjeron los retrasos

  • Al inicio del encuentro: el colegiado José María Sánchez Martínez anotó en el informe que «el partido comenzó con 6 minutos de retraso debido a la demora de los jugadores del Athletic Club en salir del vestuario». A esa demora se sumaron los actos protocolarios y homenajes previos, pero fue el retraso de los bilbaínos el que impidió que el partido arrancara a la hora fijada.

  • Tras el descanso: curiosamente, fue el conjunto de Hansi Flick el que salió tarde para la segunda mitad. El árbitro dejó constancia de que «La segunda mitad comenzó con 3 minutos de retraso debido a la demora de los jugadores del FC Barcelona en salir del vestuario».

Advertencia y posibles sanciones

La RFEF recuerda en su resolución la obligatoriedad de respetar los horarios oficiales de los partidos y ha llamado la atención a ambos clubes para que adopten las medidas necesarias que eviten nuevas incidencias. En caso de reincidencia se aplicará el articulado disciplinario correspondiente, con multas y sanciones deportivas para los responsables.

En la nota se señala además que, ante una repetición de este tipo de retrasos, podrían imponerse multas económicas y suspensiones a los técnicos responsables: en este caso, Hansi Flick y Ernesto Valverde quedan expuestos a las medidas que determine el órgano disciplinario si se volviera a producir una situación similar.

El artículo aplicable: Artículo 89 del Código Disciplinario

La RFEF advierte que, de repetirse el incumplimiento, procede la aplicación del Artículo 89 del Código Disciplinario, relativo a la «Comparecencia tardía a partido que no impide su disputa», que establece: «Cuando un equipo se presente en las instalaciones deportivas con notorio retraso no justificado, pero pese a la demora, esta circunstancia no impida la celebración del partido, o cuando se retrase en su salida al terreno de juego, tanto al inicio del partido como en el segundo tiempo, se impondrá al club multa en cuantía de hasta 3.000 euros. Tratándose de la primera de las infracciones previstas en el presente artículo, además se suspenderá o inhabilitará por tiempo de hasta dos meses a los/las directamente responsables, mientras que la segunda de las mismas, se considerará como una actuación no correcta del/de la entrenador/a titular del equipo infractor, que podrá acarrear su expulsión del terreno de juego y será sancionado/a con suspensión de 1 a 3 partidos».

Conclusión

La advertencia de la RFEF pone sobre la mesa la necesidad de mayor rigurosidad en los protocolos de salida de los equipos. En un fútbol donde los relojes y las agendas son cada vez más exigentes, la federación ha dejado claro que no tolerará nuevas demoras sin consecuencias.